miércoles, 29 de septiembre de 2010

1. ¿QUÉ BENEFICIOS OTORGA EL TRANSPORTE A LAS EMPRESAS?
Beneficios:
ü Distribución de bienes y servicios
ü Tiene vehículos en muy buen estado
ü Clasificación de productos
2. ¿QUÉ LES PERMITE A LAS EMPRESAS EL CONTRATAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE?
El transporte más que todo lo utilizan las empresas multinacionales o entes que se dedican a la importación y exportación de bienes, y cuando es de mercadería esto facilita salir de una nación para ingresar a otra
3. ¿QUÉ IMPLICACIONES TRAE EL ADQUIRIR UN CONTRATO DE TRANSPORTE?
Que la persona que tenga el uso del contrato de transporte debe hacerse cargo de su contrato pase lo que pase
4. ¿QUÉ INCONVENIENTES TIENE EL TRANSPORTE SEGMENTADO Y EXPLIQUE?
El transporte internacional segmentado es uno de los más costosos y quienes lo utilizan requieren contar con departamento o área de transporte capacitada para coordinar la segmentación y atenderlas en los diferentes sitios de trasbordo y demás acciones5. ¿QUÉ ES TRANSPORTE MARITIMO?
Es una de las tantas formas que la compañía posee para distribuir la mercancía de un extremo otro, pero como todo medio necesita cumplir con obligaciones específicas establecidas en acuerdos y contratos
6. ¿CUÁL ES EL TRANSPORTE MARITIMO MAS UTILIZADO Y EXPLIQUE?
El transporte más utilizado es el buque de carga solida y granel, este es también conocido con el nombre de bulkcarrier y se utiliza a la hora e transportar cargas secas y a granel
7. ¿QUÉ ES FERRY?
El ferry es un medio de transporte marítimo utilizado mayormente para transportar personas, pero en algunos casos también emplea para el estado de cargas cuando los puntos d origen están uno muy cerca del otro
8. ¿CUÁL SERÍA UNO DE LOS PROBLEMAS DEL TRANSPORTE MARITIMO Y EXPLIQUE?
Uno de los problemas del transporte marítimo es que radica la contaminación ambiental, como regar por el medio del rio sustancias nocivas, residuos de productos, contaminación del humo que expulsa el buque

9. ¿CUÁL SERÍA LA SOLUCIÓN PARA ESTOS PROBLEMAS?
Que los buques o transportes marítimos solo se utilicen para llevar mercancías a distancia muy lejanas, y que cuando la distancia es corta solo se utilicen otra clase de transportes
10. ¿HAGA UNA CONCLUSIÓN DE LA ACTIVIDAD?
El transporte internacional de mercancías sirve para transportar muchas clases de producto pero mirándolo desde muchos puntos de vista también es dañoso para el medio ambiente ya que las empresas utilizan transporte para llevar mercancía a una muy poca distancia en buques haciéndole daño a la naturaleza.

miércoles, 8 de septiembre de 2010

CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE LOGÍSTICA Y LOGÍSTICA INVERSA?
Que la logística es un proceso de proyectar, implantar y controlar un flujo de materia prima, con productos terminados o información predeterminada. Y en la logística inversa se plantea en lo mismo de la logística solo que de manera inversa.
QUÉ ES LOGÍSTICA INVERSA?
Es el proceso de proyectar, e implantar un flujo de materia prima, inventario y proceso, productos determinados desde un punto de consumo hasta que forme una parte eficiente para una propia devolución si se hace necesario
PARA QUÉ SE UTILIZA LA LOGÍSTICA INVERSA?
Se utiliza para la devolución de la mercancía de una cadena logística para controlar un flujo de materia prima, inventario en proceso, productos terminados e información relacionada desde el punto de consumo hasta el punto de origen de una forma eficiente
DE QUÉ SE ENCARGA LA LOGÍSTICA INVERSA?
Se encarga de reenviar la mercancía cuando este en mal uso o maltratada por viaje, usualmente en Estados Unidos la logística inversa se a convertido en una forma de devoluciones totalmente liberal
A QUE OBLIGA LA LOGÍSTICA INVERSA?
A devolver la mercancía en buen estado y formalmente, que el dueño del producto no se moleste La logística inversa gestiona el retorno de las mercancías en la cadena de suministro, de la forma más efectiva y económica posible.
QUÉ BUSCA EN LOS PRÓXIMOS AÑOS CON ESTO? EXPLIQUE CON SUS PALABRAS.
Directivas comunitarias, además, obligan o van a obligar próximamente a la recuperación o reciclado de muchos productos bienes de consumo, envases y embalajes, componentes de automoción, material eléctrico y electrónico, lo que va a implicar en los próximos años una importante modificación de muchos procesos productivos y, además, una oportunidad como nuevo mercado para muchos operadores de transporte, almacenaje y distribución.
Busca que la gente tome capacitación sobre la mercancía que tome un buen uso de esto
CUÁLES SON LOS TRES VECTORES DE IMPULSO DE LA LOGÍSTICA INVERSA Y EXPLÍQUELOS?
Ø Consideraciones de costo y beneficio:
Productos con mejores costos de producciones mas bajas
Ø Requerimientos Legales: Derivados de la protección a la salud y del ambiente, de consideraciones por costos de procesamiento de residuos
Ø Responsabilidad Social: Generalmente organizado por organizaciones no gubernamentales y asociaciones de consumidores que apoyados en su poder de compra buscan productos seguros
EXPLIQUE CADA UNA DE LAS CAUSAS QUE GENERAN LA NECESIDAD DE UNA LOGÍSTICA INVERSA.
· Mercancías en estado defectuoso
· Retorno de exceso de inventario
· Devoluciones de clientes
· Productos obsoletos
· Inventarios estacionales
EXPLIQUE LOS PROCESOS DE LA LOGÍSTICA INVERSA.
Los procesos en logística inversa se enfocan a cinco objetivos claves: procuración de compras, reducción de insumos vírgenes; reciclado; sustitución de materiales, y gestión de residuos. En cada uno de los procesos de la logística empresarial se pueden identificar los cinco enfoques señalados:

· Procuración y Compras: Implica la procuración desarrollo de proveedores y la adquisición de materias primas, componentes, materiales para envase, empaque, embalaje y unidades de manejo que sean [amigables con el ambiente]
· Reducción de insumos vírgenes:
ü
Actividades de ingeniería de producto
ü Re-entrenamiento de los recursos humanos; con el propósito de valorar actividades de reutilización de materiales sobrantes
· Reciclado: Es necesario desarrollar políticas de reciclado respetando el desempeño o estándares del producto: utilizar materiales de origen reciclado, y reciclables; explorar innovaciones tecnológicas que permiten utilizar materiales reciclados; financiar estudios para reducir el uso de materias primas vírgenes

viernes, 3 de septiembre de 2010

¿PORQUE ES IMPORTANTE LA LOGÍSTICA HOY EN DÍA?
Es importante ya que enseña sobre cómo crear y hacer eficiente una empresa la cual queramos construís. Nos enseña la distribución eficiente de productos, sobre servicios al cliente, sobre estrategias para evitar que el cliente se retire de nuestra empresa, Etc.
Hoy en día la logística es un asunto tan importante que las empresas están creando tipos de estudio para el desarrollo de este tema, eso quiere decir que este programa que nos brinda el Sena se basa en enseñarnos a salir adelante por medio del comercio.
¿CÓMO SE MANEJABA LA LOGÍSTICA ANTERIORMENTE?
La Logística anteriormente solo se basaba en tener el producto justo, en el sitio justo, y con una gran venta en el tiempo oportuno actualmente estas actividades aparentemente sencillas han sido redefinidas y ahora son todo un proceso
¿CÓMO SE PUEDE DEFINIR LA LOGÍSTICA?
Como una encargada de la distribución eficiente de los productos de una determinada empresa con un menos costo y un excelente servicio l cliente
¿QUÉ SE BUSCA OBTENER CON LA LOGÍSTICA?
Busca gerenciar estratégicamente la adquisición, el movimiento, el almacenamiento de productos y el control de inventarios, así como todo el flujo de información asociado, a través de los cuales la organización y su canal de distribución se encauzan de modo tal que la rentabilidad presente y futura de la empresa es maximizada en términos de costos y efectividad.
¿QUÉ DETERMINA Y COORDINA LA LOGÍSTICA?
Se determina y se coordina en la forma óptica el producto correcto, el cliente correcto, el lugar correcto y el tiempo correcto. Si asumimos que el rol del mercadeo es estimular la demanda, el rol de la logística será precisamente satisfacerla.Solamente a través de un detallado análisis de la demanda en términos de nivel, locación y tiempo, es posible determinar el punto de partida para el logro del resultado final de la actividad logística, atender dicha demanda en términos de costos y efectividad
¿EN SUS PALABRAS Y SEGÚN EL TEXTO QUE ES LA LOGÍSTICA?
La Logística es un medio para aprender todo lo que necesitamos sobre empresas, Por ejemplo como empacar mercancía, como entregar, como organizar por pallets. La logística no es por lo tanto una actividad funcional sino un modelo, un marco referencial; no es una función operacional, sino un mecanismo de planificación; es una manera de pensar que permitirá incluso reducir la incertidumbre en un futuro desconocido
¿CUÁLES SON LAS ACTIVIDADES DE LA LOGÍSTICA?
Las actividades claves son las siguientes:
Ø Servicio Al Cliente
Ø Transporte
Ø Gestión de Inventarios
Ø Procesamiento de Pedidos

¿QUÉ SE LOGRA CON ESTAS ACTIVIDADES?
Este tipo de actividades logran la satisfacción del cliente y a la empresa la reducción de costos que es uno de los factores por los cuales las empresas están obligadas a enfocarse a la logística.
¿CUÁLES SON LOS FACTORES DE LA LOGÍSTICA Y QUE BENEFICIOS SE LOGRAN DE ESTOS?
Ø Aumento de líneas en producción
Ø La eficiencia en producción
Ø Alcanzar niveles altos
Ø La cadena de distribución quiere mantener cada vez menos inventarios
Ø Desarrollo de sistema de información
Ø Estrategias de JIT
¿EXPLIQUE LOS ASPECTOS QUE INTERVIENEN EN EL SERVICIO AL CLIENTE?
Ø Grado de Certeza: No es tan necesario llegar rápido con el transporte, como llegar con certeza de que la mercancía este bien, con el mínimo rango de variación.
Ø Grado de Confiabilidad: Una cadena se conforma de diferentes eslabones. Eso es una cadena logística.
Ø Grado de Flexibilidad: Implica que el prestador pueda adaptarse eficiente a los picos de demanda. Un operador logístico que se considera excesivo la solicitud de eficiencia.

miércoles, 1 de septiembre de 2010

CONCEPTOS 3

CÓDIGO DE VALORACIÓN EN ADUANAS DEL G.A.T.T:
Es denominado "Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio", el cual tiene por objeto establecer un sistema equitativo, uniforme y neutral para la valoración en aduana de las mercancías. En él se definen seis (6) métodos de valoración, clasificados por orden jerárquico, y que deben ser aplicados por los funcionarios de aduana de los países signatarios. Estos métodos son: a) El Valor de Transacción: consiste en basar el valor de las mercancías en el valor de transacción expresado en la factura; b) Mercaderías Idénticas: descansa en el valor de las mercancías exportadas a un mismo país importador, tomando en consideración, que la exportación se haya efectuado en la misma fecha, o en fecha aproximada, con el mismo nivel comercial y aproximadamente en las mismas condiciones; c) Mercaderías Similares: consiste en mercancías con características parecidas al método anterior, conservando además las consideraciones para su valoración; d) Deductivo: el valor incluye dos posibilidades, la primera (mercancías no transformadas), se basa en el precio unitario al que se venda la mayor cantidad total de las mercancías importadas u otras que sean idénticas o similares a las valoradas, en la misma fecha de importación o en fecha aproximada, a personas que no estén vinculadas con aquellas a las que compren dichas mercancías y la segunda posibilidad, está relacionada con mercancías transformadas, teniendo en cuenta la deducción del valor agregado nacional; e) Reconstruido: tiene como base el valor reconstruido de las mercancías, que engloba el costo de los materiales de fabricación, los beneficios y los gastos generales correspondientes a los bienes objeto de valoración; y, f) Último Recurso: en el cual se prevé que cuando no se haya logrado la valoración mediante la aplicación de los métodos anteriores, se deben utilizar otros criterios razonables, compatibles con los principios y disposiciones del Acuerdo.

CONOCIMIENTO DE EMBARQUE:
Es un documento propio del transporte marítimo que se utiliza como contrato de transporte de las mercancías en un buque en línea regular. La finalidad de este contrato es proteger al cargador y al consignatario de la carga frente al naviero.
El transporte de mercancías en régimen de conocimiento de embarque está regulado por el Convenio de Bruselas de 1924, que ha sido modificado por las Reglas de La Haya-Visby de 1968 y, más recientemente por las Reglas de Hamburgo de 1978, éstas últimas elaboradas por UNCITRAL.

CONSIGNATARIO:
Entre las empresas auxiliares del tráfico marítimo se destaca la del Consignatario de Buques "Ships Agents", por su proximidad a la empresa marítima y al buque mismo. Esta actividad en puerto surgió inicialmente como una ayuda que se prestaba a los capitanes de buques en puertos extranjeros a efectos de facilitar trámites y despachos ante autoridades y comerciantes. El progreso técnico en la navegación al imponer una rotación acelerada del buque y una mínima estancia en puerto, trajo como consecuencia que de un mero auxiliar, el consignatario pase a jugar un papel protagonista en el puerto, substituyendo casi por completo al capitán que no tiene ya tiempo más que de la cuestiones técnicas de la navegación y el buque. El consignatario de buques o agente naviero, en términos descriptivos, es la persona que por cuenta del naviero (compañía de transporte marítimo/porteador) se ocupa de gestionar en el puerto todo lo necesario para el despacho del buque, además de las cuestiones que les sean encomendadas por el naviero. Su actividad, como es evidente, encaja en los moldes de la figura jurídica del MANDATO, puesto que hace de la actuación por cuenta ajena una actividad empresarial. El consignatario de buques o agente naviero como representante de una línea naviera es un mandatario del transportista. En tal sentido y carente de una regulación específica en el Libro II del Código de Comercio, le resultan de aplicación los artículos 1984 al 2010 del Código Civil, relativos al Mandato.

CONSIGNATARIO ACEPTANTE:
Es, según la legislación aduanera venezolana, quien acepta la consignación de las mercancías convirtiéndose en consecuencia, en el sujeto pasivo de la obligación tributaria, y por ende en el dueño y propietario de las mismas

CONSOLIDACIONES:
Realizando los estudios previos del entorno de nuestro solar, donde construiremos nuestro edificio, podemos encontrarnos con situaciones, por lo general en edificaciones entre medianeras donde debamos intervenir a fin de que la nueva construcción, durante su desarrollo y posterior a ello, no afecte a las linderas, garantizando su estabilidad y efectuando consolidaciones en las partes afectadas.
Estas partes afectadas pueden ser cimentaciones, o las viguetas de los forjados, o vigas, pilares, etc., donde debe intervenirse con los procedimientos específicos para cada caso.

CONSOLIDADOR DE CARGA:
Se refiere a aquellas empresas que prestan los servicios de transporte (marítimo, terrestre o aéreo) para trasladar mercancías a otros países, cuando se trata de cargas pequeñas que no cubren todo el espacio disponible de un contenedor, por ejemplo.
Estos servicios son utilizados cuando la empresa exportadora no está aún en capacidad de llenar un contenedor completo con su propia mercancía y se ve obligado a compartir el espacio con otras empresas exportadoras. Las empresas consolidadoras manejan carga de varios exportadores no importando si van a un mismo destino, ya que las mercancías pueden ser transbordadas hasta llegar a su destino final. En Guatemala se utiliza mayormente la consolidación de carga para envíos aéreos y terrestres. En el caso de carga vía marítima y productos perecederos este procedimiento es bastante difícil de realizarlo ya que debido a las especificaciones de cada producto así serán las necesidades de manejo, por ejemplo: algunos requieren temperaturas mas bajas que otros (fríos o congelados).

CONSULTA DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA:
Ø El arancel es un impuesto que se aplica en el comercio exterior para agregar valor al precio de las mercancías en el mercado de destino. Se gravan las mercancías que se importan a fin de equilibrar la producción de un país.
Ø Arancel Específico (Unidades monetarias por unidad de medida):
Ø Este se expresa en términos monetarios por unidad de cuenta o de medida (longitud, peso, capacidad…). En este caso, el valor real, calculado o ficticio de la mercancía no tiene ninguna trascendencia fiscal, en el arancel específico no se considera si el precio del producto es muy elevado o bajo. (Este tipo de arancel no se utiliza en Guatemala).

CONTINGENTES:
En general la contingencia se predica de los estados de cosas, los hechos, los eventos o las proposiciones.[1] Existe un debate sobre si es aceptable hablar de entidades contingentes (o entidades necesarias o imposibles),[1] conocido como el debate en torno a las modalidades de dicto (de la palabra) y de re (de la cosa).
La relación entre necesidad, posibilidad y contingencia es fácil de malentender.[1] Todo lo que es contingente es posible, pero no todo lo que es posible es contingente, pues aquello que es necesario también es posible, pero no es contingente. Por otra parte, no todo lo que no es necesario es contingente, pues lo que es imposible no es ni necesario ni contingente.
En lógica modal, se dice que una fórmula es contingente cuando es verdadera en al menos un mundo posible y falsa en otro.

COSTO Y FLETE:
Costo y Flete (indicando puerto de destino convenido) tiene un tipo de transporte marítimo

CRETAS ARANCELARIAS:
Derechos de aduana relativamente altos que se destacan por encima del nivel medio del Arancel y suelen aplicarse a productos “sensibles”. En el caso de los países industrializados, se considera por regla general que los derechos del 15 por ciento o más constituyen “crestas arancelarias”.

DECLARACIÓN DE ADUANAS:
Acto por el cual el consignatario o exportador manifiesta a la aduana, su voluntad de realizar una operación aduanera.

DECLARACIÓN DE TRÁNSITO:
El documento aduanero en el que constan todos los datos e informaciones requeridos para la operación de tránsito aduanero. Documento que ampara la operación de tránsito aduanero

DECLARACIÓN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL (DTAI):
El documento aduanero único de los Países Miembros de la Comunidad Andina de Naciones, en el que constan todos los datos e informaciones requeridos para la operación de tránsito aduanero internacional

DECOMISO O COMISO:
Sanción administrativa consistente en perdida de las mercancías y pago de los impuestos, tasas y demás y contribuciones que se hubiesen causado.
DEG:
El DEG fue creado en 1969 por el FMI para apoyar el sistema de paridades fijas de Bretton Woods. Los países que participaban en este sistema necesitaban reservas oficiales—tenencias del gobierno o el banco central en oro y monedas extranjeras de amplia aceptación— que pudiesen ser utilizadas para adquirir la moneda nacional en los mercados cambiarios, de ser necesario, a fin de mantener su paridad cambiaria. Pero la oferta internacional de dos activos de reserva fundamentales —el oro y el dólar de EE.UU. — resultaba inadecuada para apoyar la expansión del comercio mundial y el desarrollo financiero que estaba teniendo lugar. Por consiguiente, la comunidad internacional decidió crear un nuevo activo de reserva internacional con el auspicio del FMI.

DEPOSITO ADUANERO:
El depósito aduanero permite la entrada de mercancías procedentes del exterior en los lugares habilitados por la Aduana en los cuales pueden permanecer durante un plazo determinado con suspensión del pago de derechos e impuestos. Algunos países no establecen un plazo para el depósito de mercancías.

DEPÓSITO ADUANERO IN BOND:
Aunque pensábamos que en nuestros corrillos técnico-aduaneros estaba ya suficientemente aclarada y aceptada la perfecta coincidencia jurídica que existe en Venezuela entre el territorio político y el territorio aduanero del país, hemos constatado con cierto estupor que ello no es así, pues aún persisten (sobre todo en el seno de nuestros poderes públicos) ciertos criterios que pretenden atribuir a determinadas instituciones del Derecho Aduanero una extraterritorialidad que les es por completo impropia. Esta vez ha tocado el turno a los conocidos Depósitos Aduaneros In Bond. En 1997, por ejemplo, la Gerencia Jurídica Tributaria del SENIAT había dicho lo siguiente: “…la mercancía objeto de importación fue ingresada bajo régimen especial in bond… por lo tanto no se encontraba, a tenor de lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre los Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales, dentro del territorio aduanero nacional”. (Resolución Nº HGJT-A-520 del 31-12-97).

DEPÓSITO FICTICIO:
Excepcionalmente, cuando razones económicas lo justifiquen y el control no resulte comprometido, las administraciones principales de aduanas e impuestos especiales podrán autorizar que las mercancías a que se refiere el apartado 1 de la norma cuarta sean vinculadas al régimen de depósito aduanero sin ser introducidas en un depósito aduanero. El titular de esta autorización tendrá la consideración de depositario de un depósito aduanero privado.

DEPOSITO FRANCO:
Una zona franca (también denominada zona económica libre) es un territorio delimitado de un país donde se goza de algunos beneficios tributarios, como el no pago de derechos de importación de mercancías o el no cobro de algunos impuestos.Muchos gobiernos de países establecen zonas francas en regiones apartadas o extremas con el fin de atraer capitales y promover el desarrollo económico de la región. En las zonas francas suelen crearse grandes centros de compra y se instalan con frecuencia, también, industrias maquiladoras o almacenes especiales para la mercancía en tránsito.A veces son llamadas puertos libres, por una analogía con los puertos libres conocidos desde hace mucho tiempo: los puertos libres de tasas aduaneras o con regulaciones de tasas favorables; por ejemplo, el puerto libre de Trieste. A menudo los puertos libres son parte de las zonas económicas libresZonas y depósitos francos de España

DEPÓSITO TEMPORAL:
Régimen mediante el cual las mercancías objeto de operaciones aduaneras son depositadas provisionalmente en recintos cerrados, silos áreas cercadas o delimitadas, ubicadas dentro de las zonas primarias de las aduanas o en espacios geográficos próximos a las Oficinas Aduaneras. (Art. 86 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales).

DERECHOS O IMPUESTOS ESPECÍFICOS:
El impuesto es una clase de tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por Derecho público. Se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la Administración (acreedor tributario). Surge exclusivamente por la "potestad tributaria del Estado", principalmente con el objeto de financiar sus gastos. Su principio rector, denominado "Capacidad Contributiva", sugiere que quienes más tienen deben aportar en mayor medida al financiamiento estatal, para consagrar el principio constitucional de equidad y el principio social de solidaridad. Los impuestos son cargas obligatorias que las personas y empresas tienen que pagar para financiar el estado. En pocas palabras: sin los impuestos el estado no podría funcionar, ya que no dispondría de fondos para financiar la construcción de infraestructuras (carreteras, puertos, aeropuertos, eléctricas), prestar los servicios públicos de sanidad, educación, defensa, sistemas de protección social (desempleo, prestaciones por invalidez o accidentes laborales)

DERECHOS ADUANEROS O DE ADUANA:
El Derecho aduanero es una rama del Derecho administrativo, del Derecho tributario y del Derecho comercial que se encarga de regular el tráfico de mercancías ya sea tratándose de importación o exportación, además de imponer sanciones a los particulares que incurran en infracciones hacia estas regulaciones. Habitualmente existe un procedimiento especial para la imposición de las sanciones por este motivo. El Derecho aduanero tiene una gran trascendencia para la política comercial y fiscal de un país, puesto que a través de él se regulan las posibles medidas proteccionistas para proteger el mercado interior de la competencia de los productos extranjeros.

DERECHOS ANTIDUMPING:
Correctivo aplicado a las importaciones que restablece las condiciones de competencia distorsionadas por el "dumping". (Decreto 991 de 1998, Artículo 4)
El Ministerio de Comercio Exterior puede determinar y ordenar el cobro de derechos "antidumping", definitivos o provisionales, a la importación de todo producto objeto de "dumping", respecto del cual se haya determinado que causa o amenaza causar un daño importante a la producción nacional, o retrasa en forma importante el establecimiento de una rama de producción en Colombia. El monto de los derechos generalmente es expresado como un porcentaje ad-valorem o mediante el establecimiento de un precio base. (Decreto 991 de 1998, Artículo 21)Siempre que la información lo permita y que las características de la investigación lo posibiliten, los derechos se calculan de tal manera que su monto sea suficiente para eliminar el daño importante, la amenaza de daño importante o el retraso importante al establecimiento de una rama de producción.

DERECHO ARANCELARIO:
Se entiende por tarifa arancelaria el conjunto de derechos o gravámenes que se aplica a las mercancías que recogen las partidas y sub-partidas de la
Nomenclatura Combinada. La tarifa del AAC (Arancel Aduanero Común) se denomina de doble columna:
Derechos convencionales: Se aplican a las mercancías originarias de países firmantes de GATT, de países a los que la UE aplica la cláusula de país más favorecido o de países con los que la UE ha firmado acuerdos preferenciales.
Derechos autónomos: se aplican a las mercancías provenientes de países con los que la Comunidad no ha suscrito acuerdos preferenciales (terceros países).
Gravámenes que deben soportar las mercancías cuando, siendo objeto de comercio entre dos países, atraviesan la frontera. Los derechos arancelarios se implantan para proteger a los productos nacionales de la competencia exterior. Dos tipos: 1. ad valorem, específicos; 2. compuestos o mixtos.

DERECHO ARANCELARIO ESPECÍFICO:
Una cantidad por cada unidad o múltiplo de unidades físicas (de superficie, de longitud, de capacidad, de peso, etc.).

DERECHO REGULADOR:
Actualmente Ecuador aplica el “Sistema Andino de Franjas de Precios” establecido por la Decisión 371 de 26 de noviembre de 1994 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, que armoniza la legislación de los países de la región referida a este tipo de medidas.Este trabajo analiza en convenio regulador en el Derecho español con miras a confrontar algunos aspectos del proyecto que se esté realizando.

DERECHOS PREFERENCIALES:
Aranceles aduaneros (menores que los aranceles aduaneros nacionales) que un país (país donante de un sistema generalizado de preferencias o país miembro de una zona libre de comercio) establece a favor de otros u otros países.